Bonificaciones en el recibo del IBI
Cada vez son mas las localidades que aplican una bonificación en el recibo del IBI de una vivienda que tenga instalado un sistema para generar agua caliente o electricidad mediante captadores solares.
Aquí tienes un listado de las que están haciéndolo actualmente.
Plazo de presentación: durante todo el año
Porcentaje de bonificación: 50%
Duración: Ilimitado
Límite o condiciones:
– Solicitud del sujeto pasivo del IBI |
– Residencia habitual |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificado de empadronamiento |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
Plazo de presentación: Hasta el 31 de diciembre del ejercicio anterior para el que se solicita la bonificación.
Porcentaje de bonificación: 20%
Duración: 4 años máximo
Límite y condiciones:
– 4 ejercicios siguientes al año de instalación |
– No se aplicará a instalaciones que se realicen en |
cumplimiento de la normativa vigente (CTE) |
– Tener licencia de obras de instalación del sistema |
– Compatible sólo con familia numerosa |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
– Licencia de instalación del sistema de energía solar |
– Certificado de antigüedad de la vivienda, expedido por el ayuntamiento |
– Licencia de obras del edificio en que se instaló el sistema de energía solar |
Plazo de presentación: Durante todo el ejercicio para el que se solicita la bonificación
Porcentaje de bonificación: 20%
Duración: 1 año prorrogable
Límite y condiciones:
– Solicitud del interesado en la bonificación |
– Incompatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
Plazo de presentación:
Hasta el día 6 de diciembre del ejercicio para el que se |
solicita la bonificación. |
Porcentaje de bonificación: 50%
Duración: 5 años máximo
Límite y condiciones:
– Solicitud del sujeto pasivo del IBI |
– Se aplicará los 5 años posteriores a su instalación |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
Plazo de presentación:
Durante el año anterior al ejercicio para el que se |
solicita la bonificación |
Porcentaje de bonificación: 20%
Duración: 3 años máximo
Límite y condiciones:
– Uso residencial |
– No se aplicará a instalaciones que se realicen en |
cumplimiento de la normativa vigente (CTE) |
– Incompatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
– Certificado de antigüedad de la vivienda, expedido por el ayuntamiento |
Plazo de presentación:
Entre el día 1 de enero y 28 de febrero del ejercicio |
para el que se solicita la bonificación |
Porcentaje de bonificación: 50%
Duración: 1 año máximo
Límite y condiciones:
– Para el ejercicio siguiente al de instalación del |
sistema de energía solar |
– Licencia municipal de instalación del sistema de |
energía solar |
– No se aplicará a instalaciones que se realicen en |
cumplimiento de la normativa vigente (CTE) |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
– Licencia municipal de instalación del sistema de energía solar |
– Certificado de antigüedad de la vivienda, expedido por el ayuntamiento |
Plazo de presentación:
Antes del día 30 de diciembre del año anterior al |
ejercicio para el que se solicita la bonificación |
Porcentaje de bonificación: 50%
Duración: 3 años prorrogable
Límite y condiciones:
– Solicitud del sujeto pasivo del IBI |
– 200 euros anuales de importe máximo bonificado |
– Incompatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
– Certificado de empadronamiento |
Plazo de presentación:
Antes del 31 del mes de enero de cada año |
Porcentaje de bonificación: 10%
Duración: 1 años prorrogable
Límite y condiciones:
– Uso residencial |
– Tener licencia de instalación del sistema de |
energía solar |
– Se aplicará a partir del ejercicio siguiente al de |
su instalación |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
– Licencia municipal de instalación del sistema de energía solar |
Plazo de presentación:
Durante los meses de Enero y Febrero. No obstante, |
durante todo el ejercicio actual, si cumple el |
requisito en la fecha del devengo |
Porcentaje de bonificación: 25%
Duración: 3 años máximo
Límite y condiciones:
– Solicitud el sujeto pasivo del IBI |
– 3 ejercicios siguientes a la fecha de instalación |
del sistema de energía solar |
– Tener licencia de obras de instalación del sistema |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Licencia de obras de instalación del sistema de energía solar |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
Plazo de presentación:
Durante el año anterior al ejercicio en que deba |
surtir efecto, y durante el periodo de 5 años a que |
tienen derecho |
Porcentaje de bonificación: Hasta el 50%
Duración: 5 años máximo
Límite y condiciones:
– No se aplicará a instalaciones que se realicen en |
cumplimiento de la normativa vigente (CTE) |
– Bonificación de 5 ejercicios desde siguiente a la |
instalación |
– % en función de relación entre los valores |
estándares de producción y los de consumo |
– En zonas urbanas y zonas no ilegalizadas |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
– Informe de los estándares de producción y los de consumo |
– Certificado de antigüedad de la vivienda, expedido por el ayuntamiento |
Plazo de presentación:
Hasta el día 6 de diciembre del ejercicio para el que se |
solicita la bonificación. |
Porcentaje de bonificación: 10%
Duración: 3 años máximo
Límite y condiciones:
– Solicitada por sujeto pasivo del IBI |
– Tener la licencia de obras de instalación del |
sistema de energía solar |
– Incompatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Copia licencia de obras de instalación del sistema |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
Plazo de presentación:
En cualquier momento del ejercicio |
Porcentaje de bonificación: 5%
Duración: Indefinido
Límite y condiciones:
– Solicitud del sujeto pasivo del IBI |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
Plazo de presentación:
Hasta el día 6 de diciembre del ejercicio para el que se |
solicita la bonificación. |
Porcentaje de bonificación: 15%
Duración: 5 años
Límite y condiciones:
– Solicitud sujeto pasivo del IBI |
– Inmuebles urbanos, uso residencial |
– Mínimo 3m2 de superficie captación solar |
– Licencia urbanística instalación equipo |
– No se aplicará a instalaciones que se realicen en |
cumplimiento de la normativa vigente (CTE) |
– Sólo a equipos instalados a partir de 2020 |
– La cantidad bonificada no podrá superar el 33% |
del coste de instalación. En caso de propiedad |
Horizontal, 33% coste repercutido |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
– 5 años a partir de instalación |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
– Certificado antigüedad de la vivienda expedido por el ayuntamiento |
– Licencia urbanística concedida por Ayuntamiento |
– En caso de propiedad horizontal, certificado comunidad coste repercutido |
– En caso de aprovechamiento fotovoltáico, justificante de la inscripción |
definitiva en el Registro de Instalaciones acogidas al Régimen Especial |
expedido por Delegación Provincial |
– En caso de propiedad horizontal, la solicitud la presentará el representante de |
la comunidad. |
– Factura detallada del coste de instalación |
Plazo de presentación:
Antes del 28 de febrero del ejercicio en el que |
se pretenda aplicar la bonificación |
Porcentaje de bonificación: 20%
Duración: Indefinido
Límite y condiciones:
– Solicitud sujeto pasivo del IBI |
– Uso residencial |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
Plazo de presentación:
Antes del 1 de Febrero de cada año en que se pretenda |
aplicar la bonificación |
Porcentaje de bonificación: 50%
Duración: 4 años máximo
Límite y condiciones:
– Solicitud del interesado |
– Uso residencial vivienda habitual |
– Un mínimo de 2 m2 de superficie de captación |
solar, para viviendas de 3 personas |
– Bonificación de 4 ejercicios desde el siguiente a |
su instalación |
– No se aplicará a instalaciones que se realicen en |
cumplimiento de la normativa vigente (CTE) |
– Tener licencia de obras de instalación del sistema |
– En caso de propiedad horizontal, el importe a |
bonificar no podrá superar el 33% del coste de |
instalación repercutido a cada propietario |
– Verificación de los servicios municipales Urbanismo |
– Incompatible con otro tipo de ayudas recibidas |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando bien inmueble |
– Certificado de empadronamiento |
– Comprobante del pago de la licencia de obras de instalación del sistema |
– Factura detallada de la instalación, donde conste lugar y fecha de instalación, así |
como características técnicas del sistema instalado |
– Certificación de la antigüedad de la vivienda, expedido por el Ayuntamiento |
– Fotografías de las placas, así como de la instalación de las mismas |
– Acreditación fehaciente de que el consumo de energía solar es al menos el 20% |
del total de la energía consumida |
– En caso de aprovechamiento fotovoltáico, justificante de la inscripción definitiva |
en el Registro de Instalaciones, expedido por la Consejería competente |
– En caso de propiedad horizontal, relación de todos los inmuebles, con identificación |
de los distintos propietarios, que habrán de coincidir con los titulares catastrales. |
En caso de no coincidir, se deberá realizar previamente el cambio de titularidad, |
para lo que el nuevo titular deberá presentar solicitud del mismo. |
Plazo de presentación:
Antes del 31 de Diciembre del año anterior al ejercicio |
para el que se solicita la aplicación de la bonificación |
Porcentaje de bonificación: Hasta el 40%
Duración: 3 años máximo
Límite y condiciones:
– Solicitud del sujeto pasivo del IBI |
– Máximo de 84.000 euros la suma de los valores |
catastrales de los que sea titular el solicitante |
– Que exista licencia de obras del ayuntamiento |
para la instalación del sistema |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
– Copia de la licencia de obras de la instalación del sistema |
Plazo de presentación:
Durante el año anterior al ejercicio para el que se |
solicita la bonificación. No obstante se podrá solicitar |
antes del día 31 de Mayo del ejercicio a bonificar, si |
cumple los requisitos en la fecha del devengo del impuesto |
Porcentaje de bonificación: 50%
Duración: 5 años
Límite y condiciones:
– Solicitud sujeto pasivo |
– Estar al corriente del pago de los tributos locales |
– Límite de 100 o 200 euros, según aprovechamiento |
– Estar al corriente del pago de los tributos locales |
en el momento de presentación de la solicitud |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando bien inmueble |
– Certificación del instalador donde conste porcentaje de aprovechamiento |
solar, térmico o fotovoltáico |
– Licencia municipal de instalación |
– Factura justificativa del pago de la instalación |
Plazo de presentación:
Hasta el día 6 de diciembre del ejercicio para el que se |
solicita la bonificación. |
Porcentaje de bonificación: 25%
Duración: 3 años
Límite y condiciones:
– Solicitud de cualquier interesado |
– Ha de existir licencia de obras de la instalación |
del sistema |
– Incompatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud del sujeto pasivo, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
– Copia licencia de obras para la instalación del sistema de energía solar |
Plazo de presentación:
Hasta el 31 de diciembre del año anterior al ejercicio |
para el que se solicita la bonificación |
Porcentaje de bonificación: 30%
Duración: 3 años
Límite y condiciones:
– Aprovechamiento eléctrico energía solar |
– No se aplicará a instalaciones que se realicen en |
cumplimiento de la normativa vigente (CTE) |
– Tener licencia municipal de instalación |
– Sólo 3 ejercicios desde su instalación |
– Zonas fuera ordenación o no legalizadas NO |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
– Licencia municipal de instalación |
– Factura detallada de la instalación del sistema |
– Certificado de antigüedad de la vivienda, expedido por el ayuntamiento |
Plazo de presentación:
En cualquier momento del ejercicio |
Porcentaje de bonificación: 30%
Duración: 3 años
Límite y condiciones:
– Solicitud del sujeto pasivo del IBI |
– Máximo 3 años desde el siguiente a la instalación del |
equipo de energía solar |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
Plazo de presentación:
Antes del 30 de diciembre del año anterior al ejercicio |
para el que se solicita la bonificación |
Porcentaje de bonificación: 30%
Duración: Indefinido
Límite y condiciones:
– Solicitud del sujeto pasivo del IBI |
– Residencia habitual |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
– Certificado de empadronamiento |
Plazo de presentación:
En cualquier momento del ejercicio |
Porcentaje de bonificación: 20%
Duración: 1 año (10 años después podrá volverse a solicitar)
Límite y condiciones:
– Residencia habitual |
– Solo para instalaciones que no vengan obligadas |
por Ley a tener instalados sistemas de ahorro |
energético (viviendas anteriores al septiembre 2006) |
– Compatible con otros beneficios fiscales |
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
– Factura detallada de la instalación |
– Certificado de antigüedad de la vivienda, expedido por el ayuntamiento |
Plazo de presentación:
Hasta el día 6 de diciembre del ejercicio para el que se |
solicita la bonificación. |
Porcentaje de bonificación: 30%
Duración: 3 años
Límite y condiciones:
– Solicitud sujeto pasivo
– Sólo viviendas (uso residencial)
– Incompatible con otros beneficios fiscales
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando bien inmueble |
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, |
indicando fecha y lugar de la instalación |
Plazo de presentación:
Hasta el 31 de diciembre del año anterior para |
el que se solicita la bonificación |
Porcentaje de bonificación: 10%
Duración: 1 año prorrogable
Límite y condiciones:
– Solicitud sujeto pasivo del IBI
– Incompatible con otros beneficios fiscales
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando bien inmueble
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, indicando fecha y lugar de la instalación
Plazo de presentación:
Durante los meses de enero y febrero de cada ejercicio
Porcentaje de bonificación: 20%
Duración: 3 años máximo
Límite y condiciones:
– Solicitud del sujeto pasivo del IBI
– Máximo 3 años desde la instalación del sistema
– Que haya obtenido licencia de obras para la instalación del sistema, y licencia de ocupación
– Compatible con otros beneficios fiscales
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, indicando fecha y lugar de la instalación
– Copia de la licencia de obras de la instalación del sistema
– Copia licencia ocupación
Plazo de presentación:
Antes del 6 de diciembre del ejercicio para el que se solicita la bonificación
Porcentaje de bonificación: 20%
Duración: 2 años prorrogable
Límite y condiciones:
– Solicitud sujeto pasivo
– Incompatible con otros beneficios fiscales
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, indicando fecha y lugar de la instalación
Plazo de presentación:
Durante el año anterior al ejercicio en el que se pretenda aplicar la bonificación
Porcentaje de bonificación: 20%
Duración: 4 años máximo
Límite y condiciones:
– Solicitud sujeto pasivo
– Máximo 4 años desde instalación
– Incompatible con otros beneficios fiscales
– Licencia municipal de instalación del sistema
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, indicando fecha y lugar de la instalación
– Copia de la licencia de obras de la instalación del sistema
Plazo de presentación:
Antes del 6 de diciembre del ejercicio para el que se solicita la bonificación
Porcentaje de bonificación: 25%
Duración: 3 años máximo
Límite y condiciones:
– Solicitud sujeto pasivo del IBI
– Máximo 3 años desde la instalación
– Tener licencia de obras de instalación del equipo
– Incompatible con otros beneficios fiscales
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, indicando fecha y lugar de instalación
– Copia de la licencia municipal de obras de la instalación del equipo
Plazo de presentación:
Antes del 31 de enero del ejercicio en el que se pretenda aplicar la bonificación
Porcentaje de bonificación: 50%
Duración: 5 años máximo
Límite y condiciones:
– Solicitud sujeto pasivo del IBI
– Máximo 5 años desde la solicitud
– Compatible con otros beneficios fiscales
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, indicando fecha y lugar de la instalación
Plazo de presentación:
Antes del 31 de Enero del año en el que se pretenda aplicar la bonificación
Porcentaje de bonificación: 50%
Duración: 3 años máximo
Límite y condiciones:
– Solicitud del sujeto pasivo del IBI
– Máximo 3 años desde instalación del equipo
– Licencia de instalación del equipo de energía solar
– No se aplicará a instalaciones que se realicen en cumplimiento de la normativa vigente (CTE)
– Incompatible con otros beneficios fiscales
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble
– Licencia municipal del ICIO, de instalación del equipo
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, indicando fecha y lugar de la instalación
– Certificado de antigüedad de la vivienda, expedido por el ayuntamiento
Plazo de presentación:
Antes del 28 de Febrero del ejercicio para el que se pretenda la aplicación de la bonificación
Porcentaje de bonificación: 20%
Duración: 1 año prorrogable
Límite y condiciones:
– Compatible con otros beneficios fiscales
– Viviendas
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando bien inmueble
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, indicando fecha y lugar de instalación
Plazo de presentación:
En cualquier momento del año
Porcentaje de bonificación: 15%
Duración: 2 años máximo
Límite y condiciones:
– Durante los 2 ejercicios siguientes a la instalación del equipo de energía solar
– No se aplicará a instalaciones que se realicen en cumplimiento de la normativa vigente (CTE)
– Haber solicitado y pagado el ICIO de la instalación del equipo de energía solar
– Residencia habitual
– Compatible con otros beneficios fiscales
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, indicando fecha y lugar de la instalación
– Certificado de empadronamiento
– Copia licencia de obras de la instalación del equipo de energía solar
– Certificado de antigüedad de la vivienda, expedido por el ayuntamiento
Plazo de presentación:
Durante el primer trimestre del año
Porcentaje de bonificación: 20%
Duración: 3 años máximo
Límite y condiciones:
– Máximo de 3 años desde instalación
– El interesado tiene que tener concedida la licencia de ocupación de la vivienda
– Incompatible con otros beneficios fiscales
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, indicando fecha y lugar de la instalación
– Licencia de ocupación de la vivienda
Plazo de presentación:
Antes del 31 de enero del ejercicio para el que se solicita la bonificación
Porcentaje de bonificación: 40%
Duración: 2 años máximo
Límite y condiciones:
– Sólo viviendas antiguas
– Se aplicará los dos ejercicios siguientes a su instalación
– No se aplicará a instalaciones que se realicen en cumplimiento de la normativa vigente (CTE)
– Incompatible con otros beneficios fiscales
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, indicando fecha y lugar de la instalación
– Certificado del Ayuntamiento que acredite la antigüedad de la vivienda
Plazo de presentación:
En cualquier momento del año |
Porcentaje de bonificación: 15%
Duración: 2 años máximo
Límite y condiciones:
– Durante los 2 ejercicios siguientes a la instalación del equipo de energía solar
– No se aplicará a instalaciones que se realicen en cumplimiento de la normativa vigente (CTE)
– Haber solicitado y pagado el ICIO de la instalación del equipo de energía solar
– Residencia habitual
– Compatible con otros beneficios fiscales
Documentación a aportar:
– Solicitud de la bonificación, identificando el bien inmueble
– Certificación o informe de la instalación por parte del instalador autorizado, indicando fecha y lugar de la instalación
– Certificado de empadronamiento
– Copia licencia de obras de la instalación del equipo de energía solar
– Certificado de antigüedad de la vivienda, expedido por el ayuntamiento